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Real Decreto 970/2002 · Real Decreto 970/2002, de 24 de septiembre, por el que se regula el reconocimiento de las agrupaciones de productores de patatas de consumo, no destinadas a la industria feculera, y se establecen diversas medidas de apoyo a las mismas.

Real Decreto 970/2002 Art. 14

Sección 4

In KraftAmtlicher Text

Artículo 14. Compatibilidad de las ayudas.

1. El importe de las ayudas reguladas en el presente Real Decreto, en ningún caso podrá superar, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras Administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, destinada al mismo fin, el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

2. Las ayudas públicas concedidas con arreglo al presente Real Decreto serán incompatibles con la percepción de ayudas comunitarias obtenidas en virtud del Reglamento (CE) 1257/1999, del Consejo, de 17 de mayo, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA).