Ley 6/2002 · Ley 6/2002, de 25 de junio, de Estadística de la Región de Murcia.
Ley 6/2002 Art. 28
Sección 5
Artículo 28. La cooperación entre las Administraciones Públicas.
Para lograr una mayor eficiencia y eficacia en la utilización de los recursos públicos en la actividad estadística, el sistema estadístico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dentro del marco de sus competencias, fomentará y favorecerá la cooperación con las Administraciones locales, con la Administración General del Estado, con el de otras Comunidades Autónomas, con la Unión Europea y con los organismos internacionales en todos los niveles de la actividad estadística.