Ley 19/2002 Art. 1
Artículo 1. Constitución y naturaleza jurídica.
Se crea el Colegio Profesional de Psicólogos de Aragón, por segregación del Colegio Oficial de Psicólogos, como corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.