Ley 20/2002 · Ley 20/2002, de 7 de octubre, de creación de la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca.
Ley 20/2002 Art. 23
CAPÍTULO V
Artículo 23. Gerente comarcal.
Si las necesidades funcionales de la comarca lo aconsejan, podrá crearse un puesto de trabajo denominado gerente, al que corresponderá la gestión técnica y ejecutiva, así como el impulso de los servicios de la misma.