Ley Foral 27/2002 Art. 18
CAPÍTULO I
Artículo 18. Campaña de información.
La duración de la campaña de información será la que se fije en la convocatoria de la consulta, sin que en ningún caso pueda ser inferior a diez días ni superior a veinte, y ha de finalizar a las cero horas del día anterior al señalado para la votación.