Real Decreto 1245/2002 Art. 3
CAPÍTULO I
Artículo 3. Funciones.
Las funciones de la ONE son las siguientes:
a) Contribuir a la difusión y promoción de la música española y universal mediante la realización de conciertos, retransmisiones y grabaciones.
b) Apoyar el acceso a la música sinfónica de todos los sectores de la sociedad, a través de la programación de conciertos didácticos y de divulgación.
c) Contribuir a la recuperación del patrimonio musical español, así como a la difusión de las nuevas creaciones de autores españoles.
d) Fomentar la colaboración de directores y solistas, españoles y extranjeros, para la potenciación y el mejor desarrollo de las cualidades artísticas de la Orquesta.
e) Desarrollar programas de giras por España y el extranjero.