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Real Decreto 1284/2002 · Real Decreto 1284/2002, de 5 de diciembre, por el que se establecen las especialidades de los Cuerpos de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, se adscriben a ellas los profesores de dichos Cuerpos y se determinan los módulos, asignaturas y materias que deberán impartir.

Real Decreto 1284/2002 Art. 3

In KraftAmtlicher Text

Artículo 3. Competencia docente.

1. Los funcionarios del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño de las especialidades establecidas en el presente Real Decreto impartirán los módulos de los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño que se determinan en el anexo V.

2. Asimismo, dichos funcionarios podrán impartir las materias de la modalidad de Artes del Bachillerato conforme a lo establecido en los desarrollos reglamentarios correspondientes con relación al ejercicio de la docencia en dicha etapa, sin perjuicio de la prioridad y obligación que para impartir estas materias tiene el profesorado de las especialidades de los cuerpos de catedráticos de enseñanza secundaria y de profesores de enseñanza secundaria a las que estén asignadas.

3. Los funcionarios del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño de las especialidades establecidas en el presente Real Decreto impartirán los módulos de los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño que se determinan en el anexo VII.

4. Los funcionarios del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño impartirán las asignaturas y materias de los estudios superiores de Artes Plásticas y de Diseño que se indican en el anexo VIII. Asimismo, los funcionarios del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño impartirán los talleres vinculados a las materias de los estudios superiores de Artes Plásticas y de Diseño que se indican en el anexo IX.

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