Ley 12/2001 · Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.
Ley 12/2001 Art. 122
Sección 4
Artículo 122. Régimen contable.
Los centros y establecimientos deberán ajustarse a los criterios que en materia de contabilidad se establezcan reglamentariamente.