Real Decreto 209/2002 Art. 6
Artículo 6. Registro general de las explotaciones apícolas.
El Registro general de las explotaciones apícolas queda integrado en el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA) según lo dispuesto en el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el registro general de explotaciones ganaderas, y, en concreto, en todo lo relativo al régimen de comunicación que éste establece entre las comunidades autónomas y el Estado respecto de los registros en los apartados 4 y 6 del artículo 3.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2005-05-08