Ley Orgánica 1/2002 · Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Ley Orgánica 1/2002 Art. 24
CAPÍTULO V
Artículo 24. Derecho de inscripción.
El derecho de asociación incluye el derecho a la inscripción en el Registro de Asociaciones competente, que sólo podrá denegarse cuando no se reúnan los requisitos establecidos en la presente Ley Orgánica.