Ley 1/2002 · Ley 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria.
Ley 1/2002 Art. 38
CAPÍTULO II
Artículo 38. Régimen jurídico de las ventas a distancia.
El ejercicio de las ventas a distancia en la Comunidad Autónoma de Cantabria se someterá al régimen jurídico previsto en la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, y en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2010-05-15