Ley 5/2002 · Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.
Ley 5/2002 Art. 1
CAPÍTULO I
Artículo 1. Contenido.
El Boletín Oficial de la Provincia es el periódico oficial en el que se publicarán las disposiciones de carácter general y las ordenanzas, así como los actos, edictos, acuerdos, notificaciones, anuncios y demás resoluciones de las Administraciones públicas y de la Administración de Justicia de ámbito territorial provincial, cuando así esté previsto en disposición legal o reglamentaria.
Los textos publicados en el Boletín Oficial de la Provincia tienen la consideración de oficiales y auténticos.