Real Decreto 2/2002 Art. 23
CAPÍTULO III
Artículo 23. Cumplimiento de obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
La concesión de las ayudas reguladas en el presente Real Decreto estará supeditada a la acreditación por el perceptor final de los requisitos exigidos, en cada caso, por la legislación vigente y, en especial, del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.