Ley 2/2002 · Ley 2/2002, de 17 de abril, de Salud.
Ley 2/2002 Art. 73
CAPÍTULO I
Artículo 73. Naturaleza del Servicio Riojano de Salud.
1. El Servicio Riojano de Salud es un organismo autónomo administrativo, dotado de personalidad jurídica propia, patrimonio y tesorería propios y de autonomía de gestión.
2. El Servicio Riojano de Salud queda adscrito a la Consejería competente en materia de salud del Gobierno de La Rioja, a la cual corresponderá su dirección, la evaluación y el control de los resultados de su actividad.