Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Ley 7/2001 · Ley 7/2001, de 19 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de Cantabria.

Ley 7/2001 Art. 16

Sección 3

In KraftAmtlicher Text

Artículo 16. Presencia e identificación del farmacéutico en la oficina de farmacia.

1. La presencia y actuación profesional en la oficina de farmacia de, al menos, un farmacéutico es requisito indispensable para llevar a cabo las funciones establecidas en el artículo 8.

2. Los farmacéuticos y el resto del personal que presten servicio en la oficina de farmacia llevarán el distintivo que los identifique personal y profesionalmente.