Ley 7/2001 · Ley 7/2001, de 19 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de Cantabria.
Ley 7/2001 Art. 33
Sección 6
Artículo 33. Garantías.
En cualquier supuesto de cierre, la Administración sanitaria adoptará las medidas necesarias para garantizar la asistencia farmacéutica a la población, así como el debido destino de los medicamentos y productos sanitarios.