Ley 1/2002 · Ley 1/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo Consultivo de Castilla y León.
Ley 1/2002 Art. 9
TÍTULO III
Artículo 9. Funciones del Presidente del Consejo Consultivo.
Corresponderá al Presidente del Consejo Consultivo:
a) Ostentar la representación del Consejo.
b) Autorizar con su firma los dictámenes emitidos por el Consejo.
c) Presidir, convocar y fijar el orden del día de las sesiones.
d) Organizar y dirigir los servicios generales del Consejo.
e) Presentar la memoria anual ante la Comisión correspondiente de las Cortes de Castilla y León.
f) Aquellas otras funciones que se le atribuyan en la presente ley y en el reglamento de organización y funcionamiento del Consejo.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2013-07-04