Ley 6/2002 · Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón.
Ley 6/2002 Art. 35
CAPÍTULO III
Artículo 35. Órganos de participación en los centros hospitalarios.
1. Los centros hospitalarios del Sistema de Salud de Aragón tendrán como órganos de participación:
a) Las comisiones de participación hospitalaria.
b) Las comisiones de bienestar social.
2. La composición y funciones de estos órganos se establecerán reglamentariamente.