Ley 6/2002 · Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón.
Ley 6/2002 Art. 69
TÍTULO IX
Artículo 69. La Vicepresidencia.
1. La Vicepresidencia del Instituto corresponderá a la persona titular del Departamento responsable en materia de ciencia.
2. La Vicepresidencia desempeñará las funciones de sustitución de la Presidencia en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, así como cualesquiera otras que le atribuyan los estatutos.
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