Ley 11/2003 · Ley 11/2003, de 10 de abril, sobre el Estatuto de las Personas con Discapacidad.
Ley 11/2003 Art. 23
Sección 1
Artículo 23. Prioridad y reserva de plazas en los cursos de formación profesional.
1. Se priorizará la concesión de ayudas a todos los cursos y acciones de formación profesional vayan dirigidos a las personas con discapacidad.
2. En los cursos de formación profesional organizados por la Administración de la Generalitat, se reservará un 3% del número de plazas para personas con discapacidad, debiendo garantizarse como mínimo, independientemente del número de plazas convocadas, la reserva de una plaza para personas con discapacidad.