Ley 11/2003 · Ley 11/2003, de 10 de abril, sobre el Estatuto de las Personas con Discapacidad.
Ley 11/2003 Art. 69
CAPÍTULO VIII
Artículo 69. Actividades deportivas.
Las entidades locales en el ámbito de sus respectivas competencias, la conselleria u organismo competente en materia deportiva y/o en materia de acción social de la Generalidad Valenciana y, en su caso, las asociaciones o entidades privadas sin ánimo de lucro, promoverán la realización de programas deportivos que fomenten la inclusión social de las personas con discapacidad y su desarrollo personal.
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