Orden DEF/1268/2003 Art. 4
ANEXO
4. Tipo de armas que pueden poseer los miembros de la fuerza.
Las categorías de armas que los miembros de la fuerzan podrán poseer en España son las especificadas en el apartado 2.° del artículo 96 del Reglamento de Armas para las licencia de armas A, aprobado por Real Decreto núm. 137/1993, de 29 de enero.