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Real Decreto 1430/2002 · Real Decreto 1430/2002, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de mutualidades de previsión social.

Real Decreto 1430/2002 Art. 1

TÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 1. Objeto del Reglamento. Ámbito subjetivo.

1. El presente Reglamento tiene por objeto desarrollar la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, en lo referente a las mutualidades de previsión social.

2. Quedan sometidas a los preceptos de este Reglamento en los términos previstos en los artículos 68 y 69 de la Ley:

a) Las entidades que, de acuerdo con la Ley y el presente Reglamento, realicen las actividades propias de una mutualidad de previsión social.

b) Las personas físicas o jurídicas que, bajo cualquier título, desempeñen cargos de administración o dirección de las mutualidades de previsión social ; los profesionales y entidades que suscriban los documentos previstos en la Ley y en este Reglamento ; los liquidadores de mutualidades de previsión social, y aquellas personas para quienes legalmente se establezca alguna prohibición o mandato en relación con el ámbito objetivo del presente Reglamento.