Ley 6/2003 · Ley 6/2003, de 22 de abril, del Estatuto de los ex presidentes de la Generalidad.
Ley 6/2003 Art. 6
Artículo 6. Regulación del régimen estatutario.
Corresponde al Gobierno regular el régimen estatutario de los ex presidentes de la Generalidad, determinar los medios personales y materiales que deben ponerse a su disposición, establecer el régimen de precedencias que correspondan en los actos públicos a que asistan y adoptar los servicios de seguridad que se consideren necesarios.