Ley 3/2003 · Ley 3/2003, de 13 de febrero, de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Ley 3/2003 Art. 8
CAPÍTULO III
Artículo 8. La Educación para el Desarrollo y la Sensibilización de la sociedad castellano-manchega.
1. Tienen por objeto la comprensión de las causas que propician la pobreza y el subdesarrollo y los fenómenos migratorios, así como la promoción de los derechos humanos, la preservación del medio ambiente y el compromiso para la acción participativa y transformadora.
2. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha podrá impulsar, en colaboración con organismos y entidades públicas o privadas interesadas en este campo, campañas de difusión, programas educativos y actividades formativas.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2012-03-01