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Ley 19/2003 · Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias.

Ley 19/2003 Art. 56

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Directriz 56. Instrumentos de reequilibrio y transformación territorial.

1. (ND) Para la instrumentación de las estrategias de equilibrio, estructuración y transformación, el planeamiento incidirá de manera particular en las políticas de vivienda y suelo, con especial atención a la reserva y utilización del patrimonio público de suelo; las infraestructuras de transportes y comunicaciones; las políticas sectoriales, en especial agrarias, industriales, energéticas y turísticas; y la localización de usos estratégicos de carácter industrial y terciario, así como el turístico.

2. (R) En el plazo de un año, los cabildos insulares de las islas capitalinas deberán iniciar la formulación de los Planes Territoriales Parciales para la ordenación de las respectivas áreas metropolitanas, que fijarán las materias y criterios sobre los que se armonizarán los planes generales de ordenación de los municipios afectados y las áreas en las que se extremará dicha armonización.

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