Real Decreto 835/2003 Art. 17
CAPÍTULO III
Artículo 17. Distribución territorial de las subvenciones.
Para la determinación de la distribución territorial de las subvenciones del Estado se tendrán en cuenta los objetivos establecidos en el propio programa aprobado por la Unión Europea, así como la situación socioeconómica y territorial de las zonas afectadas, el desequilibrio económico y el grado de ejecución de los planes precedentes.