Ley 9/2002 · Ley 9/2002, de 14 de noviembre, de Impulso a la Localización Industrial de Extremadura.
Ley 9/2002 Art. 6
Artículo 6. Procedimiento para la calificación.
1. La calificación de un “Proyecto de Interés Prioritario para Extremadura” será acordada, mediante decreto, por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, a propuesta de la Consejería con competencias en materia de Industria.
2. En el Decreto declarativo de la calificación, se establecerá la duración y localización de los beneficios que en cada caso se concedan, así como la apertura del procedimiento expropiatorio correspondiente.
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