Ley 9/2003 · Ley 9/2003, de 13 de junio, de la movilidad.
Ley 9/2003 Art. 10
CAPÍTULO III
Artículo 10. Instrumentos de programación.
Para la aplicación de los planes directores de movilidad en lo que concierne a la financiación de las infraestructuras y la determinación de los servicios necesarios se establecen los siguientes instrumentos de programación:
a) El programa de inversiones.
b) Los planes de servicios.