Ley 18/2003 · Ley 18/2003, de 4 de julio, de Apoyo a las Familias.
Ley 18/2003 Art. 14
TÍTULO II
Artículo 14. Ayudas por niños nacidos con daños que requieren atenciones especiales.
Las familias de los niños nacidos con daños que requieren atenciones especiales pueden recibir, cuando lo necesiten, una ayuda económica destinada a paliar los gastos extraordinarios que origine esta atención.