Real Decreto 1001/2003 Art. 27
CAPÍTULO I
Artículo 27. Órganos de representación.
Los órganos de representación, desarrollo normativo, control, gobierno y administración del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Minas y de Facultativos y Peritos de Minas son:
a) La Junta General.
b) La Junta de Gobierno.