Real Decreto 1040/2003 Art. 2
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 2. Finalidad de las recompensas militares.
1. Las recompensas militares tienen por finalidad premiar y distinguir al personal militar o civil por la realización de acciones, hechos o servicios que impliquen reconocido valor militar, o porque sean de destacado mérito o importancia para las Fuerzas Armadas, así como para la Defensa Nacional.
2. No obstante, el ingreso y ascenso en la Real y Militar Orden de San Hermenegildo y la Cruz a la Constancia en el Servicio recompensan la constancia en el servicio y la intachable conducta del personal militar, a tenor de lo que establecen las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas y conforme a lo dispuesto en sus respectivos reglamentos.