Real Decreto 1271/2003 Art. 5
CAPÍTULO II
Artículo 5. Requisitos de inscripción.
1. Son requisitos indispensables para ser inscrito como colegiado:
a) Efectuar la solicitud de admisión al colegio.
b) Ostentar la titulación requerida.
c) No estar inhabilitado o suspendido para el ejercicio de la profesión.
d) Satisfacer la cuota de admisión que determine el colegio.
2. Podrán inscribirse en una lista que se llevará en el colegio los alumnos de los dos últimos cursos de las Escuelas españolas de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, para recibir información de interés colegial.