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Ley 8/2003 · Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres.

Ley 8/2003 Art. 86

CAPÍTULO III

In KraftAmtlicher Text

Artículo 86. Órganos competentes.

1. Corresponde a los Delegados Provinciales de la Consejería competente en materia de medio ambiente la imposición de sanciones por infracciones cometidas en materia de caza y pesca continental, así como las calificadas como leves y graves en materia de conservación.

2. Corresponde la imposición de sanciones por infracciones calificadas como muy graves en materia de conservación:

a) Al titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente, hasta 150.253 euros.

b) Al Consejo de Gobierno, las superiores a 150.253 euros.