Ley 10/2003 · Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía.
Ley 10/2003 Art. 29
CAPÍTULO VI
Artículo 29. Estructura colegial.
1. Todos los colegios profesionales estarán compuestos, necesariamente, por un presidente, un órgano plenario y un órgano de dirección, así como por los órganos, jerárquicamente dependientes de los anteriores, que se determinen en los estatutos.
2. En los colegios profesionales únicos en la Comunidad Autónoma, así como en los colegios cuyo consejo andaluz no estuviera creado, existirá una comisión de recursos.