Ley 58/2003 · Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Ley 58/2003 Art. 52
CAPÍTULO III
Artículo 52. Método de estimación objetiva.
El método de estimación objetiva podrá utilizarse para la determinación de la base imponible mediante la aplicación de las magnitudes, índices, módulos o datos previstos en la normativa propia de cada tributo.