Ley 60/2003 · Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
Ley 60/2003 Art. 27
TÍTULO V
Artículo 27. Inicio del arbitraje.
Salvo que las partes hayan convenido otra cosa, la fecha en que el demandado haya recibido el requerimiento de someter la controversia a arbitraje se considerará la de inicio del arbitraje.