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Ley 61/2003 · Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004.

Ley 61/2003 Art. 31

CAPÍTULO III

In KraftAmtlicher Text

Artículo 31. Prohibición de ingresos atípicos.

Los empleados públicos comprendidos dentro del ámbito de aplicación de esta ley, con excepción de aquellos sometidos al régimen de arancel, no podrán percibir participación alguna de los tributos, comisiones u otros ingresos de cualquier naturaleza, que correspondan a la Administración o a cualquier poder público como contraprestación de cualquier servicio o jurisdicción, ni participación o premio en multas impuestas aun cuando estuviesen normativamente atribuidas a los mismos, debiendo percibir únicamente las remuneraciones del correspondiente régimen retributivo, y sin perjuicio de lo que resulte de la aplicación del sistema de incompatibilidades y de lo dispuesto en la normativa específica sobre disfrute de vivienda por razón del trabajo o cargo desempeñado.