Ley 62/2003 Art. 19
CAPÍTULO IV
Artículo 19. Tasa exigible por especialidades farmacéuticas veterinarias.
Se añade un nuevo epígrafe, en el grupo IX del artículo 117 de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, con la siguiente redacción:
«Artículo 117, grupo IX. Especialidades farmacéuticas veterinarias:
9.08 Procedimiento de autorización de comercialización e inscripción en el registro de una especialidad farmacéutica de uso veterinario destinada de forma específica a especies menores. 2.157,00 euros.»