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Real Decreto 208/2003 · Real Decreto 208/2003, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación de plantas de vivero de vid.

Real Decreto 208/2003 Art. 14

CAPITULO V

In KraftAmtlicher Text

Artículo 14. Lotes.

1. Los materiales de multiplicación serán, en el momento de la recolección, del acondicionamiento, del almacenamiento, del transporte y del cultivo, conservados en lotes separados y marcados según su variedad y, en su caso, para los materiales de multiplicación iniciales, los materiales de multiplicación de base y para los materiales de multiplicación certificados, según el clon.

2. Los materiales de multiplicación sólo podrán comercializarse en lotes suficientemente homogéneos y en envases o haces cerrados, provistos de un sistema de cierre y de un etiquetado.