Ley 8/2002 · Ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud de la Comunidad de Madrid.
Ley 8/2002 Art. 28
CAPÍTULO XIII
Artículo 28. Cooperación con el Estado y otras instituciones.
La Comunidad de Madrid cooperará con la Administración General del Estado y con cuantas Instituciones Públicas sean competentes en materia de juventud, con el fin de unir esfuerzos en la consecución de objetivos comunes.