Ley 1/2003 · Ley 1/2003, de 11 de febrero, de creación de la Comarca de la Sierra de Albarracín.
Ley 1/2003 Art. 23
CAPÍTULO V
Artículo 23. Gerente comarcal.
Si las necesidades funcionales de la comarca lo aconsejan, podrá crearse un puesto de trabajo denominado «gerente», al que corresponderá la gestión técnica y ejecutiva, así como el impulso de los servicios de la misma.