Decreto Legislativo 1/2002 Art. 418
CAPÍTULO LXXXIII
Artículo 418. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas titulares de una tarjeta sanitaria individual en vigor que, en una fase posterior a la emisión inicial de la misma, no dispongan de ella por causa no imputable a la Administración, en los casos de robo, rotura o extravío por sus titulares, y soliciten su emisión a la Administración.