Decreto Legislativo 1/2002 Art. 475
CAPÍTULO XCV
Artículo 475. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa las fundaciones adscritas al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.
CAPÍTULO XCV
Artículo 475. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa las fundaciones adscritas al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.