Ley 5/2003 · Ley 5/2003, de 26 de febrero, de creación de la Comarca de Sobrarbe.
Ley 5/2003 Art. 23
CAPÍTULO V
Artículo 23. Gerente comarcal.
Si las necesidades funcionales de la comarca lo aconsejan, podrá crearse un puesto de trabajo denominado gerente, al que corresponderá la gestión técnica y ejecutiva, así como el impulso de los servicios de la misma.