Ley Foral 7/2003 · Ley Foral 7/2003, de 14 de febrero, de turismo.
Ley Foral 7/2003 Art. 62
Sección 3
Artículo 62. Principios.
El ejercicio de la potestad sancionadora en materia de turismo estará sometido a los principios contenidos en la normativa administrativa de aplicación.
Änderungsgeschichte
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