Ley Foral 7/2003 · Ley Foral 7/2003, de 14 de febrero, de turismo.
Ley Foral 7/2003 Art. 68
Sección 3
Artículo 68. Ejecutividad y recursos.
1. Las resoluciones administrativas que impongan sanciones al amparo de lo dispuesto en la presente Ley Foral serán ejecutivas cuando pongan fin a la vía administrativa.
2. Contra las resoluciones del procedimiento sancionador, las personas interesadas podrán interponer los recursos que correspondan conforme a lo dispuesto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2020-12-23