Ley 1/2003 · Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja.
Ley 1/2003 Art. 19
CAPÍTULO I
Artículo 19. Rectificación de límites territoriales.
La rectificación de límites territoriales para evitar disfuncionalidades se resolverá por acuerdo del Gobierno de La Rioja, previa audiencia a los municipios afectados y a la Administración General del Estado y dictamen del Consejo Consultivo de La Rioja.