Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Ley 1/2003 · Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja.

Ley 1/2003 Art. 228

CAPÍTULO V

In KraftAmtlicher Text

Artículo 228. Supervisión de proyectos.

1. Antes de la aprobación del proyecto, cuando su cuantía sea igual o superior a 300.506,05 euros, el órgano de contratación deberá solicitar un informe de las correspondientes oficinas o unidades de supervisión de proyectos encargadas de examinar los elaborados y de vigilar el cumplimiento de las normas reguladoras de la materia, incluidos los aspectos relativos a la estabilidad, seguridad y estanqueidad de la obra.

2. No será necesario dicho trámite cuando el proyecto haya sido redactado por los propios servicios técnicos de la entidad local interesada o, en su caso, por los de la Comunidad Autónoma.