Ley 1/2003 · Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja.
Ley 1/2003 Art. 45
Sección 1
Artículo 45. Adopción de acuerdos.
Los acuerdos de la Asamblea Vecinal se adoptarán por mayoría simple, salvo cuando se exija un quórum especial por la legislación básica de régimen local. Se entenderá que existe mayoría simple cuando el número de votos a favor de una propuesta sea mayor que el de votos en contra.